NACIÓN REGLAMENTÓ LAS ZONAS SEGURAS PARA CUATRICICLOS
Para prevenir incidentes viales, la Agencia Nacional de Seguridad Vial
estableció las características de los corredores y las zonas seguras para su
circulación. Provincia ya trabaja con los municipios para aplicarlo este
verano.
El 11 de enero, el Gobierno
Nacional, por medio del Ministerio de Transporte, firmó un decreto que modificó
la Ley Nacional de Tránsito 24.449 en el cual se regula la situación de los
cuatriciclos. A partir de esta iniciativa, la Agencia Nacional de Seguridad
Vial (ANSV) elaboró la Disposición Nº 196/2018 donde establece las
características de los corredores y las zonas de circulación seguras.
Actualmente, Nación, Provincia de Buenos Aires y los municipios trabajan de
forma articulada para implementarla este verano y garantizar mayor seguridad
vial.
La falta de conciencia y el uso
indebido de estos vehículos son causantes de numerosos incidentes viales. Con
el objetivo de regular y garantizar mayor seguridad en las zonas donde están
presentes, especialistas en seguridad vial de la ANSV estudiaron y
establecieron cómo deben ser los corredores y las pistas de circulación segura
para los cuatriciclos. Es por ello que en la Disposición Nº196 se describen las características y los elementos de
seguridad con los que deben contar para evitar accidentes:
Señalética
correspondiente que organicen la circulación
Protecciones en las
curvas
Un único sentido de
circulación
Entradas y salidas
demarcadas
Limitaciones de
velocidad
Además, debido a que estos
vehículos están equipados con diferentes motorizaciones se establecerán dos
categorías de pistas (divididas por colores) de acuerdo a la potencia:
1.
Pista amarilla: para cuatriciclos
hasta 300 cc.
2.
Pista naranja: para cuatriciclos
de más de 300 cc.
“Somos consientes del riesgo que
conllevan los cuatriciclos, que hasta hace unos meses eran considerados un
elemento de diversión. En marzo asumimos el compromiso de regular la situación
de estos vehículos para garantizar una circulación más segura. Y sin duda, esto
sólo podemos lograrlo con el trabajo conjunto y articulado que venimos
desarrollando con la provincia y los municipios. Solo así generaremos avances
significativos en materia de seguridad vial” resaltó Carlos Pérez, director
ejecutivo de la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
En ese marco, el lunes 13 de
agosto se desarrolló, en la Localidad de Miramar, Partido de General Alvarado,
una jornada de capacitación para los 135 municipios bonaerenses. Esta fue
organizada por el Ministerio de Gobierno, a cargo de Joaquín de la Torre, a
través de la Dirección Provincial de Políticas de Seguridad Vial, en conjunto
con la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
Allí, más de 200 asistentes de
los 80 municipios, en su mayoría responsables de tránsito y seguridad vial de
cada distrito, se capacitó a las autoridades de aplicación acerca de los
alcances de la nueva normativa, que en rigor permite contar con un marco
regulatorio que viene a cubrir un vacío legal existente hasta el momento,
dotando a las jurisdicciones de herramientas legales para facilitarles el
control de circulación.
Luego de exponer en detalle cada
una de las modificaciones a la normativa de tránsito, sus argumentos y su
aplicación de control, la empresa Yamaha, perteneciente a la Cámara de Fabricantes
de Motos (CAFAM), realizó una demostración práctica de conducción segura sobre
la arena en el Complejo Frontera Sur.
En ese contexto, el subsecretario
de Gestión Gubernamental, a cargo de la Dirección de Políticas de Seguridad
Vial bonaerense, Iván Budassi, remarcó “la importancia de trabajar en conjunto
entre Nación, Provincia y Municipios para abordar un tema tan sensible como el
de la seguridad vial y en particular el uso de cuatriciclos que nos preocupa a
todos y que nos obliga como Estado a impulsar nuevas modificaciones a la
normativa de tránsito y más controles para cambiar la cultura irresponsable del
uso recreativo que tantos accidentes ha provocado”.
Así, a más de cinco meses de la
llegada de la temporada estival, el Gobierno Nacional y de la Provincia de
Buenos Aires trabajan en la previsión y planificación de lo que será el verano,
atento a una problemática que llevaba décadas sin solución y sin un marco
regulatorio acorde para evitar accidentes.
Anexo:
En detalle, las principales novedades introducidas en la
normativa nacional y provincial sobre la circulación de cuatriciclos son las
siguientes:
a) Se regula el uso de cuatriciclos (incluye triciclos
motorizados y UTV) y se establecen los requisitos que deberán cumplir para
poder circular, cabiéndole las generales de la ley: licencia de conducir,
seguro, certificado de Dominio (no patentamiento), etc.
b) Se instaura la determinación de calzadas especiales para
la circulación de cuatriciclos, entendiéndose por tales a las áreas de la vía
pública delimitadas y autorizadas especialmente por la autoridad competente
(Municipios). Los cuatriciclos podrán circular por los denominados “corredores
seguros”, vías de circulación por las que transitarán y circularán los
vehículos para acceder a las “zonas de circulación seguras”, ámbito para el
tránsito recreativo.
Pasos a seguir por los Municipios
A partir de ahora los Municipios cuentan con facultades para
permitir, delimitar y controlar la circulación de cuatriciclos, como así
también emitir la Licencia “Clase Cuatriciclos” para la conducción de dichos
vehículos.
Con el fin de poner en práctica las nuevas regulaciones, se
detallan los pasos a seguir por las autoridades Municipales:
1. Circulación de Cuatriciclos:
Planificar las zonas de circulación de cuatriciclos: Una vez
definidas dichas zonas de acuerdo a criterios de circulación de las propias
áreas de tránsito y transporte de cada Municipio, las mismas deberán ser
autorizadas mediante ordenanza municipal. El Municipio podrá delimitar uno o
varios corredores (por la vía pública) para acceder a las zonas de circulación,
que es el predio donde podrán circular recreativamente los cuatriciclos.
2. Sancionar la ordenanza municipal estableciendo y
autorizando la circulación de cuatriciclos en los corredores y zonas de
circulación delimitados en la vía pública.
3. Realizar la señalización de las zonas de acuerdo al
Decreto 779, conforme anexo L (la ANSV sugiere enfáticamente que se actue
siguiendo estas indicaciones). Cabe resaltar que la señalización podrá
realizarse de manera gradual, de acuerdo a la decisión municipal.
4. Difusión de los espacios de circulación permitidos. A
través de los canales pertinentes (medios de comunicación, folletería, etc.)
los Municipios deberán informar sobre las áreas con permiso de circulación para
cuatriciclos.
5. Controlar a través de los agentes de tránsito designados
la circulación de los cuatriciclos por las zonas autorizadas.
En todos los Muncipios queda vedada la circulación de
cuatriciclos por la vía pública, salvo en los corredores y zonas de circulación
aprobados por ordenanza municipal.
- Emisión de la Licencia para Conducir Cuatriciclos
A partir de ahora los conductores noveles tendrán que
obtener clase
“cuatriciclos”
(mediante licencia original o ampliación) para la conducción de los mismos.
Para poder emitir la clase correspondiente los Municipios a travès de su Centro
de Emisión de Licencias deberán:
1. Contar con pista de examinación.
2. Contar con un examinador que haya completado los cursos
de capacitación de la ANSV/DPPSV y que se encuentren en condiciones de evaluar
la idoneidad conductiva de cuatriciclos.
3. Control de circulación
El control de circulación por los senderos permitidos se
realizará de la misma forma que los actuales controles vehiculares, continuando
la competencia de los municipios para controlar tanto los canales de
circulación habilitados como la prohibición general de circulación de los
cuatriciclos en la vía pública.
FUENTE Y FOTOS: SEGURIDADVIAL.GOV.AR